Un tribunal de apelaciones ha reactivado una demanda contra Yolo, una aplicación de mensajería anónima integrada con Snapchat, por presuntamente romper una promesa de desenmascarar a los acosadores en la plataforma. La decisión del Noveno Circuito de Apelaciones señala que la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones no debe bloquear la reclamación de tergiversación de términos de servicio de Yolo, revocando una decisión anterior del tribunal. Sin embargo, la aplicación no puede ser responsabilizada por defectos de diseño que permitieron el acoso, manteniéndose parcialmente la decisión anterior.
Yolo, que permitía enviar mensajes anónimos, se enfrentó a una demanda tras el suicidio de un adolescente, Carson Bride, quien había recibido mensajes acosadores de usuarios anonimizados. A pesar de los intentos de su familia de contactar a Yolo, la empresa supuestamente nunca respondió. Snap prohibió a Yolo y a otras aplicaciones similares, y un año después, eliminó toda integración de mensajería anónima.
La familia de Bride y otros padres alegaron que Yolo incumplió una promesa legalmente vinculante de banear y desenmascarar a los usuarios que enviaran mensajes acosadores. Según la decisión, con un equipo reducido, Yolo no pudo cumplir con su promesa de monitorear el tráfico de diez millones de usuarios activos diarios. Además, argumentaron que el diseño anónimo facilitaba el acoso, haciéndolo defectuoso.
El tribunal de apelaciones aceptó que las familias estaban responsabilizando a Yolo por prometer algo que no podía cumplir. Aunque la moderación de contenido podría ser una solución, el deber principal era cumplir con la promesa hecha a los usuarios.
Esta decisión forma parte de un debate en curso sobre el alcance de la Sección 230 y su aplicación en casos de acoso en línea. A pesar de los esfuerzos legales para ampliar la responsabilidad de las aplicaciones, la Corte Suprema ha evitado reducir el alcance de la Sección 230 en casos anteriores.